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¡Sus convenciones en Panamá son deducibles de impuestos!

¡Sus convenciones en Panamá son deducibles de impuestos!

¡Sus convenciones en Panamá son deducibles de impuestos!

Realizar su próxima conferencia, convención o reunión de negocios en Panamá puede ser altamente beneficioso para las empresas estadounidenses. Y no nos referimos, en este caso, a los beneficios relacionados a la moderna infraestructura, la conectividad o al ambiente relajado que el país ofrece.

Y es que, desde 2011, gracias al Acuerdo de Cooperación Tributaria e Intercambio de Información firmado entre los gobiernos de Estados Unidos y la República de Panamá, los gastos relacionados a la organización de convenciones, conferencias o reuniones de negocios en Panamá empresas en que incurren las empresas estadounidenses, están exentas de impuestos.

Según la medida, las empresas sencillamente necesitarán recabar y mantener la documentación pertinente para solicitar la deducción en su declaración de impuestos estadounidense. La medida, denominada Revenue Rulling 2011-26, considera a la República de Panamá como parte del “área de Norteamérica” para asuntos tributarios.

La disposición es solo una de las más recientes de las bondades que ofrece Panamá para facilitar los negocios internacionales, siendo una de las primeras, el uso del dólar estadounidense como moneda de curso legal, permanente a la par del balboa panameño en cuanto a intercambio (utilizado de facto, desde mediados del s. XIX, y por ley, desde 1904). Dicha medida, establecida para facilitar las transacciones relacionadas a la construcción de Panamá, evita las fluctuaciones inflacionarias típicas de otros países de la región.

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